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Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción

 

En esta página puede descargar nuestro reglamento de evaluación actualizado. En este documento figura cuáles son los tipos de evaluación que se pueden realizar en el establecimiento y cuáles son los lineamientos que éstas deben seguir.

Repitencia Escolar y el Decreto N°67/2018

 

Existen diversos factores pedagógicos, cognitivos y socioemocionales que pueden llevar a que, terminado el año escolar, un estudiante esté en riesgo de repitencia. El Decreto N°67/2018 establece normas para la evaluación, calificación y promoción de estudiantes y contempla que, en caso de haber riesgo de repitencia, la comunidad educativa cuente con un proceso para asegurar la participación de los distintos entes de la comunidad en la decisión de repitencia.

Proceso de Repitencia Escolar

 

Dado que la repitencia es un proceso multifactorial, nuestra comunidad educativa cumple con una serie de pasos para asegurar la transparencia y la toma de medidas remediales para su prevención, siendo la repitencia un procedimiento excepcional cuando las brechas de aprendizaje (la diferencia entre lo que el estudiante sabe y lo que debería saber) u otros factores determinen que la ésta es la mejor decisión para el bienestar del alumno(a). 

Los pasos del proceso de repitencia escolar son: comunicación del riesgo de repitencia, medidas de apoyo pedagógico, decisión del Consejo de Profesores, comunicación de la Repitencia, periodo de apelación del apoderado, y determinación de situación final.

1) Comunicación del riesgo de repitencia: una vez detectado en el transcurso del año escolar el riesgo de repitencia por parte del Consejo de Profesores, éste será comunicado a través de una entrevista al apoderado. Quedará un acta firmada donde el apoderado tome conocimiento de dicho riesgo y su compromiso para apoyar al estudiante.

2) Medidas de apoyo pedagógico: existiendo un riesgo de repitencia, la comunidad educativa deberá acordar una serie de medidas para reducir las brechas de aprendizaje y evitar la repitencia del estudiante.

3) Decisión del Consejo de Profesores: en caso de persistir el riesgo de repitencia, en las últimas semanas del año escolar el Consejo de Profesores elaborará el Informe de Evaluación de Repitencia Escolar, donde se procederá a analizar el caso de cada estudiante con respecto a su situación y la determinación de la repitencia del estudiante.

4) Periodo de apelación: en caso de haber repitencia, ésta será comunicada al apoderado junto al Informe de Evaluación de Repitencia Escolar y tendrá un plazo de 3 días hábiles para apelar (incluyendo el día de recepción del informe). Recibirá un instructivo con las indicaciones de cómo realizar la apelación. Una vez recibida la apelación, habrá un plazo de 7 días corridos (contados desde el día de recepción de la documentación) para que el Consejo de Profesores y el Director determinen si el estudiante debe repetir o ser promovido.

5) Determinación de situación final: transcurridos los 7 días corridos, se comunicará la situación final al apoderado con respecto a la repitencia.

Proceso de Repitencia.png

 

En el siguiente link puede descargar el instructivo que se adjunta al término del Informe de Evaluación de Repitencia Escolar que indica cómo realizar la apelación a la decisión de repitencia tomada por el Consejo de Profesores.

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